La extradición de personas entre los Estados Unidos y España, buscadas para ser juzgadas o cumplir condenas impuestas, ha sido ampliamente regulada desde fecha bien lejana. Estos dos países se han sentado a la mesa de negociaciones, con el tema de la extradición sobre el tapete, en varias ocasiones, lo que demuestra una marcada voluntad de cooperación penal por parte de ambas naciones, al contrario de otros países del mundo, que no conceden demasiada importancia a estas cuestiones y no incluyen en la agenda diplomática la concertación de tratados o convenios de extradición que permitan tener previsto el modo de actuar ante eventuales pedidos de extradición de personas.
La intensa regulación bilateral de la extradición entre Estados Unidos y España tiene su base en los históricos vínculos entre ambos países, que encontraron su origen desde la época colonial, pues, aunque las trece colonias de Norteamérica no eran españolas, el coloniaje indudablemente fomentó relaciones entre ambos continentes, incluyendo al país ibérico, que se prolongaron en la evolución de la historia hasta la fundación de los Estados Unidos como nación soberana.
El 29 de Mayo de 1970 se firmó en Madrid el Tratado de Extradición entre los gobiernos de los Estados Unidos y España, texto vinculante que ha mantenido su vigencia, aunque sometido a diversos suplementos y actualizaciones, como los Tratados Suplementarios de Extradición implementados en 1975, 1988, y 1996. En Junio de 2003 se firmó el Acuerdo de Extradición entre Estados Unidos y la Unión Europea, que involucra a España como miembro de ese cuerpo integrador, y en Diciembre de 2004 se firmó el Instrumento para la Aplicación del Tratado de Extradición entre España y Estados Unidos de 1970, y los suplementarios, tal y como se previó en el Tratado entre Estados Unidos y la Unión Europea.