Abogado especializado en detenidos por drogas

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- Nunca espere, si puede evitarlo, a que se desencadene una crisis para acercarse a un abogado penalista, sobre todo cuando se trata de delitos vinculados a las drogas, o a hechos violentos. Ante circunstancias que sugieran que usted ha sido señalado, o usted se encuentra de alguna manera involucrado en una investigación del departamento de narcóticos, acuda a un abogado penalista. De igual modo, si usted se ha visto vinculado a sucesos donde hubo violencia involucrada.- Ante un arresto, contactar con un abogado penalista se torna urgente. Si los familiares o amigos del detenido presencian el acto de la detención, o tiene conocimiento inmediato de que ello sucedió, deben ocuparse con prontitud de obtener asistencia jurídica para él, lo cual es más primordial incluso que presentarse a visitarlo en la comisaria o unidad policial a donde fue trasladado.- El detenido por hechos relacionados con las drogas o actos violentos debe abstenerse de verter declaraciones sin la presencia de su abogado, tanto ante la policía como ante la prensa. Todo cuanto diga debe ser previamente valorado con su abogado. Tenga en cuenta que, aunque es posible cambiar declaraciones en cualquier momento del proceso, la credibilidad es un factor fundamental, y la variación en la posición que se defiende tiene pésimo efecto en los investigadores, tanto más ante un jurado.

La experiencia de los abogados que asumen con asiduidad la defensa en juicios por tráfico de drogas ha demostrado que uno de los momentos más decisivos en la conformación del rumbo que tomarán los casos es cuando se realiza la detención del sospechoso. Ha quedado sobradamente demostrado que la actuación del abogado a partir del arresto, y de forma inmediata al mismo, es tanto o más importante que la desenvoltura del letrado en las fases subsiguientes del proceso, incluyendo el juicio oral.

Es por ello que se recomienda muy especialmente acudir a un abogado especializado en detenidos por drogas en los casos en que se ha realizado una detención por ese motivo, y nos estamos refiriendo específicamente a abogados penalistas cuya dilatada praxis jurídica en estos menesteres los ha dotado de la agudeza en la visión que les permite conceder importancia a lo que verdaderamente la tiene.

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Cuando para muchos el juicio oral es la fase culminante del proceso, y ciertamente lo es, en cuanto a desenlace final, no es así en cuanto a relevancia y significación. El juicio oral no es más que la oportunidad en que se exponen, a manera de resumen o conclusión, los resultados de todo un trabajo realizado con antelación, y donde ambas partes, acusación y defensa, argumentan, frente a jueces y jurados, sus respectivas posiciones.

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El juicio oral sería totalmente una representación superflua, inclusive imposible de realizarse, sin la recopilación de material probatorio que se desarrolla por las dos partes contendientes durante la fase de instrucción. El punto que marca el paso de lo que ocurrirá después hay que buscarlo allí donde todo comenzó. Distingamos para ello dos supuestos totalmente diferentes en cuanto al inicio del proceso contra una persona en particular:

- El proceso se inicia a partir de un acto sorprendido in fraganti. Nos referimos a personas procesadas por tráfico de drogas al ser descubiertos en el acto mismo, por ejemplo tratándose de personas atrapadas vendiendo drogas, o transportándolas, o del dueño de una descubierta plantación de cannabis. Aquí coincide el descubrimiento del delito con la detención del infractor.- El proceso se inicia a partir de que se tienen sospechas de una operación o actividad narco, y se ordena una investigación previa a los efectos de obtener argumentos suficientes para que proceda la detención. Aquí no se observa la coincidencia antes señalada, sino que la detención se produce cuando ya se cuenta con una base probatoria.

En ambos casos, sin embargo, el momento en que se lleva a cabo la detención es sumamente importante, y es lo que causa que los abogados sagaces concentren en el mismo su atención, como lo hacen.

ELEMENTOS QUE HACEN DE LA DETENCIÓN UN MOMENTO PRIMORDIAL PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO, ESPECIALMENTE PARA ELEGIR LA RUTA DE LA DEFENSA.

- Tanto con investigación previa, como sin ella, en el momento del arresto es cuando por lo general se ocupan las drogas que constituyen el objeto del proceso. Cuando es in fraganti es obvio que la droga está en posesión del detenido, mientras que cuando se ha investigado previamente, el arresto se prepara para el momento oportuno en que la droga pueda ser incautada.- Tanto para el arresto en sí como para la incautación de la droga existen procedimientos y formalidades establecidas que, de ser quebrantadas, se provocaría la pérdida de la legitimidad de la actuación policial.- A falta de la flagrancia, el arresto solo puede ser ordenado y ejecutado ante la existencias de fundamentos para ello, por lo que la falta o insuficiencia de los mismos conduciría a la inmediata libertad del detenido.- La detención es un momento óptimo para identificar testigos que resulten muy útiles en la preparación de la defensa.- Las horas inmediatamente posteriores a la detención son cruciales pues es el lapso de tiempo en que se realizan los primeros interrogatorios al sospechoso, así como la formulación de la acusación.- La posición que adopte en primera instancia el detenido es mucha influencia para el resto del proceso, siendo muy importante que no se incurra en incongruencias, contradicciones, ocultamiento de elementos de fácil detección, así como aceptación de otros que son perjudiciales, y otras actitudes que atentan contra la credibilidad y la solidez de la defensa.

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El camino a seguir, ya sea con el acusado en libertad o en prisión provisional, según sea la medida cautelar que se imponga, será dirigido al análisis y oposición de la probanza de que intente valerse el ministerio público, pero siempre a partir de todo cuanto aconteció, para bien o para mal, en ocasión de la detención y las horas subsiguientes a ella.

Otro elemento esencial por el que se recomienda auxiliarse de un abogado especializado en detenidos por drogas es la función protectora que este despliega en relación con los derechos de su cliente, mientras se encuentra detenido. El abogado es el garante de que la retención de la libertad, por el tiempo que dure, no represente para el detenido ser sometido a vejaciones o detrimento de su dignidad, así como que no sean practicadas diligencias investigativas o de pruebas con violación de los requisitos legales.

Asegúrese de obtener la asistencia de un abogado especializado en detenidos por drogas dueño de una densa experiencia, consciente de la importancia de los extremos que aquí se han expuesto. No se arrepentirá de hacer una sabia elección.